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Obligatoriedad del plan de igualdad en las empresas para 2021

Con la aprobación del Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación las empresas tienen la obligación legal de tener y respetar el Plan de igualdad.

 

¿Pero qué es?

 

El Plan de igualdad es un Protocolo Empresarial pactado por los Trabajadores para evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y Hombres.

 

¿Tiene todas las Empresas obligación a realizarlo?

 

No, estamos ante una obligación de aprobación e implantación del plan de igualdad siempre y cuando nos encontremos ante una de las siguientes situaciones:

 

  • A partir del 7 de marzo del presente año 2020, empresas de entre 151 y 250 personas trabajadoras.

 

  • A partir del 7 de marzo de 2021, empresas entre 101 y 150 personas trabajadoras.

 

  • A partir del 7 de marzo de 2022, empresas entre 50 y 100

 

Por tanto, es una medida obligatoria para el año 2021 para todas las empresas con más de 101 trabajadores; y el mismo se debe negociar con los Representantes Legales de los Trabajadores, así como deberá ser registrado ante la Autoridad Laboral competente.

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