El consentimiento informado es la conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades después de recibir la información adecuada, clara y comprensible para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud. En el documento de consentimiento informado se debe incluir información sobre el tratamiento a realizar, sobre los beneficios del tratamiento, sobre las alternativas y sobre los riesgos relevantes para la salud del paciente en concreto.
El Consentimiento Informado se deberá actualizar periódicamente, ya que se encuentran sujetos a las actualizaciones y a las novedades derivadas de los avances científicos, además de los cambios en los criterios de interpretación que emanan de las decisiones de los Tribunales.
En el artículo de hoy, vamos a analizar el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha sobre si el riesgo de infecciones nosocomiales debe estar incluido o no en el Consentimiento Informado.
Previo a adentrarnos en el análisis, explicar que los gérmenes nosocomiales son aquellos que se gestan en el centro sanitario. Para su control y para conseguir el aseguramiento de riesgo cero, es imprescindible cumplir con los protocolos de actuación correctamente, aunque aun y así, las infecciones nosocomiales son difíciles de eliminar.
La piedra angular del presente artículo es la siguiente: ¿Es obligatorio que en los Consentimientos Informados se incluyan los riesgos nosocomiales?
La Jurisprudencia de nuestros Tribunales está dividida;
– Por una parte Sentencias como la del Tribunal Supremo de 3 de Abril de 2012 o STS de 26 de octubre de 2010 señalan la necesidad de que se prevea en el Consentimiento Informado los riesgos anestésicos y las infecciones postoperatorias incluyendo en este punto, los riesgos por infecciones nosocomiales.
-Por otro lado, otro sector de la jurisprudencia, entre ellos el reciente fallo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha discrepa del criterio anterior y señala que, “el riesgo indirecto de una intervención quirúrgica no es necesario que conste en un documento de consentimiento informado”.
A la vista de lo anterior hay dos corrientes: La que incluye en el Consentimiento Informado los riesgos indirectos pero conocidos y, la que considera que al no existir probabilidad apreciable de que puedan materializarse los riesgos indirectos no es necesario que queden incluido en el documento de Consentimiento Informado.
Para dar una respuesta a cada caso concreto, recomendamos atender a la Jurisprudencia así como a las indicaciones de las sociedades y colegios profesionales.
Fuente fotografía: Legalhealth